domingo, 3 de enero de 2016

Pregunta 022: ¿En qué momento se puede determinar que una relación de pareja no es conveniente?


Feliz año licenciado. Espero que todo esté marchando bien en su vida y en su hogar. Se les recuerda y se les quiere. Le tengo una pregunta. En qué momento puede una persona determinar que una relación de pareja no le conviene, cómo saberlo, y sobre todo si están casados legalmente? Gracias por su tiempo. R.V.S. 31 años. Ecuador.

Esta es mi respuesta:

Saludos, respetada amiga. Feliz año para usted también y para los suyos. Gracias por sus fraternales palabras.
Para responderle su pregunta, primero se hace necesario definir qué es "conveniente" y qué es "inconveniente" para una persona. Para ello voy a centrarme en la TREC (Terapia Racional Emotiva Conductual, de Albert Ellis). En la TREC se enseña que tres son las principales metas o deseos superiores de todo ser humano, a saber: 1) Conservarse en vida (permanecer vivo); 2) Evitar penas innecesarias (lo cual implica, búsqueda del placer o bienestar) y 3) Actualizarse a sí mismos (o la auto-realización). Estas tres metas o deseos superiores son innegociables, impostergables, ineludibles e inevitables, puesto que representan la esencia misma de la persona. En este sentido, “conveniente” es
todo aquello (pensamientos, sentimientos, conductas, relaciones, encuentros, objetos, ambientes) que incide favorablemente en mi conservación en vida, en mi búsqueda del bienestar y en mi auto-actualización, e “inconveniente”, lo que desfavorece, amenaza o malogra el cumplimiento de dichas metas. Y en palabras de Baruj Spinoza, sería: Conveniente, lo que aumenta de mi grado de potencia para obrar (la alegría); Inconveniente, lo que disminuye mi grado de potencia para obrar (la tristeza perturbadora).

Como ya se habrá dado cuenta, si una persona que mantiene una relación de pareja ve ciertamente amenazada alguna de estas tres metas superiores, o dos de ellas, o las tres (lo que la mantiene en un estado de tristeza perturbadora y, consecuentemente, despotenciada), y luego de una búsqueda infructuosa de ayuda profesional para resolver dichos conflictos conyugales, la amenaza sigue presente y tiende a incrementarse (hacia una vida tormentosa), entonces, es su deber o responsabilidad moral dar por terminada esa relación sentimental (sea una relación de hecho o de derecho) y escapar por su vida. No es correcto ni racional "amar más a otra persona que a uno mismo", y menos aún, anular o malograr su propia individualidad y esencia en nombre del "amor".

Ha de saber que, no hay nada ni nadie en este mundo ni fuera de él que obligue a un individuo a mantenerse en una relación de pareja donde su permanencia en vida se vea amenazada constantemente, o donde las penas y el tormento son el pan de cada día, o donde su auto-realización se ve empañada y oprimida de continuo, todo lo cual deviene en detrimento de su propia paz, progreso y felicidad. Repito, estas tres metas superiores son innegociables, impostergables, ineludibles e inevitables, puesto que representan la esencia misma de la persona, y no es correcto ni racional cederlo por "amor a otra persona".

Asimismo, deben tenerse en cuenta los riesgos (peligros) que pudieran acarrearse con la separación (violencia anunciada y/o amenazas de muerte por parte de un esposo celopata, por ejemplo). En tal situación, es también responsabilidad de la persona buscar la manera más sabia y prudente de hacer el rompimiento o la separación, que incluya la búsqueda de apoyo moral por parte de su familia, el acompañamiento de alguna autoridad religiosa a la cual pertenezca y/o de algún psicoterapeuta reconocido, y si fuere necesario, de los cuerpos de seguridad del Estado. Como ve, aún una separación conyugal debe hacerse de la manera más conveniente posible, para la persona misma y para todos los involucrados, y en mayor grado, si hay hijos pequeños de por medio.

Hasta aquí mis palabras. Quedo atento a posibles comentarios e inquietudes.

MSc. Lcdo. Alfredo Zambrano G.
Orientador en Sexología

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